El Gobierno de Canarias reitera en el error
Nuevo varapalo del TSJC que deniega el toque de queda
La Sala no lo considera proporcionado y reitera que el fin no justifica los medios
El Gobierno de Canarias que preside Angel Victor Torres vuelve otra vez a recibir el varapalo judicial que considera excesivo y desproporcionado aplicar el toque de queda nocturno en las islas.
Los magistrados reiteran que no está debidamente justificado y señalan expresamente que las interacciones sociales que se tratan de evitar también se producen en horas del día, y en lugares fuera de la vía pública, y por tanto, la posibilidad de contagio sigue existiendo, de forma que su idoneidad es relativa. No bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución. La medida puede ser idónea para luchar contra la enfermedad y facilitar el correcto funcionamiento del servicio público, pero el fin no justifica cualquier medio y la medida que se pretende ratificar es excesiva y genera un perjuicio grave para la generalidad de las personas.
Contra este auto cabe recurso ante el Tribunal Supremo, tal como ocurrió en la vez anterior, que también desestimó el recurso del gobierno autonómico por falta de motivación y justificación de la medida.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Las Palmas, formada por María Mercedes Martín Olivera (ponente), Lucía Déborah Padilla Ramos y Antonio Doreste Armas, concluyó que la medida «es excesiva y genera un perjuicio grave para la generalidad de las personas».
En el ámbito político y de los derechos constitucionales, los expertos vuelven a reiterar que la raíz del problema radica en la dejación del Gobierno Central que no lleva al Congreso de los Diputados la declaración del estado de alarma o las restricciones que considere conveniente en cada autonomía, provincia, comarca o ciudad.
La negativa de la Moncloa para asumir esta responsabilidad la intentó combatir trasladando a los Tribunales Superiores de Justicia de cada Comunidad Autonóma para que se pronuncien sobre la idoneidad de las propuestas. Una perversión del sistema, que obliga a la justicia a pronunciarse previamente sobre determinadas normas del ejecutivo y asumir de facto, funciones que le corresponde al poder legislativo y ejecutivo.

El Gobierno de Canarias que preside Angel Victor Torres vuelve otra vez a recibir el varapalo judicial que considera excesivo y desproporcionado aplicar el toque de queda nocturno en las islas.
Los magistrados reiteran que no está debidamente justificado y señalan expresamente que las interacciones sociales que se tratan de evitar también se producen en horas del día, y en lugares fuera de la vía pública, y por tanto, la posibilidad de contagio sigue existiendo, de forma que su idoneidad es relativa. No bastan meras consideraciones de conveniencia, prudencia o precaución. La medida puede ser idónea para luchar contra la enfermedad y facilitar el correcto funcionamiento del servicio público, pero el fin no justifica cualquier medio y la medida que se pretende ratificar es excesiva y genera un perjuicio grave para la generalidad de las personas.
Contra este auto cabe recurso ante el Tribunal Supremo, tal como ocurrió en la vez anterior, que también desestimó el recurso del gobierno autonómico por falta de motivación y justificación de la medida.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Las Palmas, formada por María Mercedes Martín Olivera (ponente), Lucía Déborah Padilla Ramos y Antonio Doreste Armas, concluyó que la medida «es excesiva y genera un perjuicio grave para la generalidad de las personas».
En el ámbito político y de los derechos constitucionales, los expertos vuelven a reiterar que la raíz del problema radica en la dejación del Gobierno Central que no lleva al Congreso de los Diputados la declaración del estado de alarma o las restricciones que considere conveniente en cada autonomía, provincia, comarca o ciudad.
La negativa de la Moncloa para asumir esta responsabilidad la intentó combatir trasladando a los Tribunales Superiores de Justicia de cada Comunidad Autonóma para que se pronuncien sobre la idoneidad de las propuestas. Una perversión del sistema, que obliga a la justicia a pronunciarse previamente sobre determinadas normas del ejecutivo y asumir de facto, funciones que le corresponde al poder legislativo y ejecutivo.
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