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Redacción
Viernes, 31 de Julio de 2020
Consejo de Estado ratifica caducidad de la concesión

Ministra ordena a Costas la Reversión de Playa Anfitauro

Son 11.200 m2 de dominio público otorgados a Anfi Tauro S.A. en 2015

 

      La Ministra de Transición Ecológica delegó en su Directora General, Ana Mª Oñora para que mediante Resolución del pasado 27 de julio, que pone fin a la vía administrativa, ratificar la declaración de caducidad de la Concesión otorgada en 2015 a la entidad Anfi Tauro S.A, y ordenar a la Demarcación de Costas de Canarias que lleve a cabo el Acta de Reversión.

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   Con esta Resolución el Ministerio cuenta con el respaldo del dictamen del Consejo de Estado, de la Abogacía del Estado y del Consejo de Obras Públicas que han dictaminado que la concesionaria incumplió las condiciones de la concesión y por tanto, debe declararse la caducidad de la misma y ordenar la reversión.

 

    El incumplimiento del titulo concesional por parte de Anfi Tauro S.A. según consta en la resolución dictada, se concreta en que los terrenos colindantes de 3.811 m2 que fueron entregados acorde al proyecto, están ocupados por edificaciones habitadas, un bar restaurante y una desaladora con el agravante que las inscripciones registrales aportadas para acreditar la titularidad de los terrenos no corresponden con la finca objeto de cesión.

       La Administración considera acreditada una alteración de la finalidad del titulo concesional, por cuanto esos terrenos anexos es condición necesaria para unir al dominio público para conformar una playa estable.

      El Consejo de Estado en su dictamen de abril de 2020 refirió expresamente que la entrega de terrenos no cumple con los requisitos de idoneidad técnica y juridica establecidas en la condiciones de otorgamiento de la concesión.

 

[Img #4664]

 

[Img #4662]

 

 

Previsible Recurso ante la Audiencia Nacional y Reclamación Patrimonial

 

     La concesionaria Anfi Tauro S.A., ya hizo constar en el expediente y así se refleja en la Resolución dictada el 27 de julio de 2020, que la paralización de la concesión asi como la inversión realizada y la cesion de terrenos de su propiedad,  le ha producido un claro perjuicio económico que será reclamado mediante la correspondiente reclamación patrimonial a la Administración.

    De la misma manera Anfi Tauro se opuso a la declaración de caducidad por cuanto, según señala el título concesional remitió al acta de entrega de los terrenos anexos colindantes la concreción y delimitación de los mismos; y por tanto no puede hablarse en ningún momento de caducidad de la concesión ni mucho menos de incumplimiento de la misma.

 

    La concesionaria señala expresamente el enriquecimiento injusto de la administración y la vulneración de la doctrina de los actos propios.

 

[Img #4661]

 

        

  

 

 

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